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Publicada en gaceta creación del Sistema Público Metropolitano de Salud
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Caracas, 29 Ene. ABN.- El decreto mediante el cual se crea el Sistema Público Metropolitano de Salud publicó en Gaceta Oficial la Presidencia de la República.
Se trata del decreto número 5.836, publicado en la gaceta 38.859, de fecha lunes 28 de enero de 2008.
Este Sistema Público Metropolitano de Salud se creó con el objetivo de que los ministerios del Poder Popular para la Salud y para el Trabajo y Seguridad Social, así como la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas y sus órganos adscritos, en coordinación con los comités de salud y demás formas de participación popular, profundicen y consoliden su gestión en todos los hospitales, ambulatorios, clínicas populares, centros de diagnóstico integral, salas de rehabilitación integral, centros diagnósticos de alta tecnología, entre otros.
Deberán coadyuvar en la ejecución de este decreto órganos del Poder Ejecutivo nacional, Estadal, municipal y demás entes locales previstos en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, así como órganos, fundaciones, asociaciones y sociedades civiles de todos los poderes públicos y del Distrito Metropolitano de Caracas e instituciones públicas de educación superior que presten servicios de salud y estén ubicadas en el Distrito Metropolitano.
Asimismo, se crea el Comité para la Organización y Rectoría del Sistema Público Metropolitano de Salud, con carácter temporal, que deberá crear, implementar y coordinar la metodología adecuada que permita alcanzar los objetivos del referido sistema.
Este comité estará integrado por el vicepresidente de la República, quien lo presidirá, así como por los ministros del Poder Popular para la Salud, para el Trabajo y Seguridad Social, para la Defensa, para las Finanzas, para la Planificación y Desarrollo, para la Educación, para la Educación Superior, para la Infraestructura, para el Ambiente, para la Participación y Protección Social, para la Energía y Petróleo, para Ciencia y Tecnología.
Igualmente, por el presidente del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), las máximas autoridades de la Secretaría Metropolitana de Salud, de la Misión Barrio Adentro y de la Dirección General de Salud del estado Miranda.
Este comité deberá formular el plan que deberá profundizar y consolidar la gestión en los hospitales y demás centros asistenciales mencionados; coordinar lineamientos que regirán la aplicación y ejecución del plan; evaluar la ejecución y darle seguimiento; establecer mecanismos para autorizar la transferencia de intercambio o préstamo de medicamentos, material quirúrgico y equipos médicos, entre otras. |
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| ABN 10:48 am 29/01/2008 |
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