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Sábado 21 Noviembre 2009
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Economía      
 
Declaraciones de ISLR e IVA deberán presentarse electrónicamente

Caracas, 02 Nov. ABN.- Las personas deberán presentar electrónicamente sus declaraciones de Impuesto Sobre la Renta (ISLR) e Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondientes a los períodos que inicien el 1º de enero de 2009 y el 31 de noviembre de 2009, respectivamente, siguiendo lo establecido en el Portal del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat).

Mediante providencias publicadas en Gaceta Oficial Nº 39.296, de fecha viernes 30 de octubre de 2009, se establece que las declaraciones relativas al ISLR deberán ser presentadas en las fechas establecidas en la normativa legal vigente, mientras que la del IVA se hará dentro de los 15 días continuos del mes siguiente al período de imposición.

Por su parte, las personas naturales cuya determinación del ISLR no arroje impuestos a pagar (pago cero) o que si deban cancelar algún monto, igualmente deberán presentar la declaración definida, a través del Portal Fiscal o de formularios y formas impresas establecidas por el Seniat.

Efectuada la declaración, en los casos en que la misma arroje impuesto a pagar, el contribuyente podrá optar entre efectuarlo electrónicamente o imprimir la planilla generada por el sistema, la cual será utilizada para el pago en las Oficinas Receptoras de Fondos Naturales.

Los sujetos clasificados como especiales por el Seniat, continuarán rigiéndose por las disposiciones establecidas en la providencia administrativa vigente 0082, de fecha 9 de febrero de 2006, así como los funcionarios públicos y los trabajadores al servicio de los órganos y entes nacionales.

El incumplimiento de estas disposiciones será sancionado de conformidad con lo establecido en el Código Orgánico Tributario.

ABN 12:38 pm 02/11/2009
 
 
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